Asesoría contable
Resolución Nº 53/94, subsidios por: Matrimonio, Nacimiento y Defunción.
Los colegiados deben cumplimentar los siguientes requisitos para la obtención de los subsidios:
– Tener las cuotas pagas al mes calendario anterior a la fecha de la solicitud.
– La solicitud deberá ser presentada durante los treinta días corridos posteriores al acontecimiento.
– La solicitud deberá ser acompañada por:
Subsidio por Nacimiento o adopción
- Acta certificada de nacimiento
- En caso de adopción: copia certificada de la resolución judicial que la conceda, tomándose la fecha de la misma como punto de partida para el plazo de presentación de la solicitud.
Subsidio por casamiento
- Copia certificada del acta de matrimonio, en caso que el matrimonio sea constituido por dos colegas el subsidio será abonado por uno solo.
Subsidio por fallecimiento
- Copia certificada de acta de fallecimiento
Beneficiados del subsidio en caso de fallecimiento
- el viudo o la viuda
- el conviviente o la conviviente
- los hijos/as solteros/as hasta los dieciocho años si fueran capaces



