Asesoría contable

Resolución Nº 53/94, subsidios por: Matrimonio, Nacimiento y Defunción.

Los colegiados deben cumplimentar los siguientes requisitos para la obtención de los subsidios:

– Tener las cuotas pagas al mes calendario anterior a la fecha de la solicitud.
– La solicitud deberá ser presentada durante los treinta días corridos posteriores al acontecimiento.
– La solicitud deberá ser acompañada por:

Subsidio por Nacimiento o adopción

  • Acta certificada de nacimiento
  • En caso de adopción: copia certificada de la resolución judicial que la conceda, tomándose la fecha de la misma como punto de partida para el plazo de presentación de la solicitud. 

Subsidio por casamiento

  • Copia certificada del acta de matrimonio, en caso que el matrimonio sea constituido por dos colegas el subsidio será abonado por uno solo.

Subsidio por fallecimiento

  • Copia certificada de acta de fallecimiento

Beneficiados del subsidio en caso de fallecimiento

  • el viudo o la viuda
  • el conviviente o la conviviente
  • los hijos/as solteros/as hasta los dieciocho años si fueran capaces